Siempre que el empresario se encargue por ajuste cerrado de la obra en cosa inmueble cuyo valor sea de más de cien pesos, se otorgará el contrato por escrito, incluyéndose en él una descripción pormenorizada, y en los casos que lo requieran, un plano, diseño o presupuesto de la obra.
Artículo 2618
Código Civil Federal
Copia del texto con última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025. Comprobado hoy contra la fuente oficial.
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