La falta temporal del tutor legítimo, se suplirá en los términos establecidos en los dos
artículos anteriores.
Código Civil Federal
Copia del texto con última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025. Comprobado hoy contra la fuente oficial.
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La falta temporal del tutor legítimo, se suplirá en los términos establecidos en los dos
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