Artículo 234

Código Federal de Procedimientos Civiles

Copia del texto con última reforma publicada en el DOF el 7 de junio de 2021. Comprobado hoy contra la fuente oficial.

Esto no es la fuente oficial: es una copia fiel y fechada, para leerla y citarla más rápido. Si el texto de aquí y el oficial no coinciden, manda el oficial. Texto oficial (PDF) · Historial de reformas

La apelación admitida sólo en el efecto devolutivo no suspende la ejecución de la sentencia o del auto apelado.

Si el recurso se hubiere interpuesto contra una sentencia, se dejará, en el Juzgado, copia certificada de ella y de las constancias necesarias para ejecutarla, remitiéndose el expediente original al tribunal de segunda instancia.

Si se tratare de un auto, en el de admisión se mandará remitir, al tribunal, copia del apelado, de sus notificaciones y de las constancias señaladas al interponer el recurso, adicionada con las que señalen las demás partes, dentro de los tres días siguientes a la notificación del auto que ordene la remisión de la copia.

Fe de erratas al párrafo DOF 13-03-1943 Si el apelante no señalare constancias, al interponer el recurso, se tendrá por no interpuesto. Si las demás partes no hacen el señalamiento que les corresponde, se enviará la copia con las constancias señaladas por el apelante.

Fe de erratas al párrafo DOF 13-03-1943 Código Abrogado DOF 07-06-2023 En todo caso, la copia contendrá, además, las constancias que el juez estime conducentes.

Esto es el texto de la ley, no una respuesta a tu caso. Saber si este artículo aplica a una situación concreta, y con qué consecuencias, es trabajo de una persona con cédula profesional.

Ley & Código content is informational and educational: it is not legal advice and by itself does not create a professional relationship. Representation exists only when a person with a verified license accepts the matter, with agreed scope and conditions.