Persona trabajadora del hogar es aquella que, de manera remunerada, realice actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral que no aporte para la persona empleadora beneficio económico directo, en cualquiera de las siguientes modalidades:
I. Quien trabaje para una persona empleadora y resida en el domicilio donde realice sus actividades;
II. Quien trabaje para una sola persona empleadora y que no resida en el domicilio donde realice sus actividades, y III. Quien trabaje para diferentes personas empleadoras y que no resida en el domicilio de ninguna de ellas.